Conversaba con un buen amigo hace unos días, cuando lo visitaba en el sector de Monteflores en Santurce, zona que algunos reclaman como parte de la comunidad de Barrio Obrero. Pero el motivo de esta nota no es trazar coordenadas, ni los lindes de estas comunidades. Jorge, que así se llama mi amigo, me hizo consciente de la confusión que aún existe sobre las llamadas especialidades entre los abogados.
Y es que con el paso del tiempo los abogados fueron especializándose en ramas específicas del Derecho que le eran afines por sus particulares inquietudes intelectuales o intereses económicos. Generalmente lo segundo podía tener un peso mayor. A ello se une el hecho de que los grandes bufetes fueron desarrollando unidades cada vez más especializadas para atender las necesidades específicas de sus clientes de poder económico y de carácter corporativo.
Lo cierto es, sin embargo, que de ordinario, para el ciudadano de a pie, existen dos grandes grupos de abogados: los criminalistas (aquellos que defienden acusados en casos criminales) y los civilistas (aquellos que manejan todos los demás problemas legales ordinarios que tienen las personas). Aunque esta clasificación en principio es adecuada, no recoge con precisión todas las posibles especialidades o prácticas profesionales del Derecho.
Así, en el campo criminal se podrá dar cuenta, por ejemplo, de abogados que practican exclusivamente en el Tribunal Federal, mientras otros se limitan a la práctica en los tribunales locales.
En el campo civil la clasificación es más difícil. En ese sentido, podrán señalarse prácticas en áreas de Derecho de Familia, Laboral, Daños y Perjuicios, Sucesiones, Contratos, Corporaciones, Cubiertas de seguros, Inmigración, Administrativo (procedimientos ante agencias de gobierno), y por supuesto, la Notaría. En este campo es posible que se ofrezcan servicios en general (como decir un médico "generalista", en la medicina), sin una especialización en particular. Sin embargo, bastarán algunas preguntas entre el cliente y el abogado, para que cada uno pueda identificar si el área en la cual se solicitan los servicios del letrado se encuentra dentro de sus campos de competencia.
Esto último no es de poca importancia. Los cánones de ética que nos rigen a los abogados (y por supuesto, a las abogadas), exigen que, antes de aceptar un caso, el letrado tenga el convencimiento de que el asunto de que se trate se encuentre dentro de sus áreas de conocimiento. De aceptar el caso, aun a pesar de no tener un conocimiento profundo de la materia, el abogado viene obligado a prepararse y estar en condiciones de representar con pericia y diligencia a su cliente.
En estos tiempos difíciles han proliferado los anuncios en postes, verjas, y otros lugares, ofreciendo servicios de "abogado-notario", o "herencias", u otras áreas del Derecho. Lo importante aquí es que la persona que decida optar por una evaluación de su caso por un abogado contactado por esta vía —y realmente por medio de cualquiera otra— debe tener lo más claro posible los hechos de su caso, y a su vez, como parte de la entrevista, debe preguntar directamente si el problema que desea resolver forma parte del área de práctica regular del abogado.
Otro asunto que debe quedar claro desde el momento en que se llame al abogado es si la primera entrevista conllevará honorarios, y de ser así, la cantidad de éstos. No es contrario a la ética el que se cobren honorarios legales por una primera entrevista. Simplemente todos estos aspectos deben estar claros desde un principio para beneficio del cliente y del abogado.
Volviendo a mi amigo Jorge, tras conversar un poco sobre estos temas, éste me lanzó la pregunta inevitable, como para colocarme contra la pared, después de aquella disertación de esquina en el barrio.
—Bueno, y tú, ¿a qué te dedicas? ¿Civil, criminal?— Realmente la respuesta era sencilla.
—Jorge -le dije- yo trabajo con herencias, testamentos, reclamaciones de daños y perjuicios, y discrimen...
—Pero desde luego -añadí- si aparece algo interesante en alguna otra área... ¿Por qué no?
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(Los artículos y comentarios en este blog no constituyen, ni deben ser interpretados, como asesoramiento legal para casos específicos, sino como información de orientación general. Se recomienda la discusión de cualquier problema o inquietud de índole legal con el abogado de su preferencia.)